El principio de la doble culpa…

El  principio de la doble culpa…

gotitas de vivencia…

Existe un precepto Constitucional…el “Non bis in idem”,
supone en definitiva, el prohibir el ejercisio reiterado del Ius puniendi por
parte del Estado, que impide se castige doblemente tanto sancionando a nivel de
normativa penal como administravamente…es una de las más conocidas
manifestaciones, para que no recaiga duplicidad de sanciones…
Es así como una persona no puede ser juzgada ni condenada dos
veces por el mismo delito, en esto ha habido una diversidad de casos en las que
muchas personas fueron juzgadas justamente otras que lo fueron pero no
cometieron el delito, pero en fín…muchos habiendo cometido un delito, siendo
condenados, por diversas circunstancias, la más común que se apelara la
sentencia misma y saliera libre, sea por error en el procedimiento, por el
incumplimiento de alguna fase, por no aportar alguna prueba en su momento pero
que después mostraría que el condenado era inocente y al final se resolviese
libertad para el condenado a cualquier tipo de prisión como decíamos sea penal o
administritiva…
Así si surgieren nuevas pruebas por la parte agraviada y
habiendo salido libre o siendo liberado de la culpa, y si al final resultase que
siempre si era culpable, estoy hablando hipotéticamente…nadie puede reabrir el
caso en su contra porque simplemente está este precepto consticuional garantista
que dice previamente que nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo delito,
por una misma causa, es decir el principio de la doble culpa…
Una persona puede ser acusada inocentemente de haber
asesinado a alguien pero no lo hizo, es sentenciada y determinado en juicio que
lo hizo, la persona a la cual mató fingió su muerte y usó a la persona para
cobrar su seguro de vida, etc lo que sea…cambia de nombre puede usar la
argucia que quiera,…por diferentes causas  la presunta asesina y la cual fue
sentenciada sale libre porque se regeneró, porque tuvo buena conducta en
prisión, y sale libre…pero en su interior siempre sabe que no lo hizo…al
salir busca vengarse y esta vez si en verdad logra cumplir ya sea directa o
indirectamente la muerte de la persona por la cual se le acusó…nadie le puede
volver a acusar pues el precepto de doble culpa dice que no puede ser juzgada
dos veces por este mismo delito…debe ser siempre en la misma persona no en
otra y por el mismo delito sino incurriría en otro delito más, y ya no estamos
hablando de lo mismo…
Espero no haber enredado a nadie con tanta explicación, pues
esto se da normalmente y pasa en muchos países pues bien dicen muchos que la ley
está para torcerse, para jugar con ella a su antojo, para usar tecnicismos y
salvar al cliente, pues es el que paga…sea justa o injustamente pero esto se
da…pasa…y alguien que haya tenido un pasado oscuro, no importa lo que hizo,
no puede volver a abrirse su caso pues ya se juzgó, sea que cumplió la pena, que
salieron nuevos hechos, que salió en libertad condicional, nadie puede usar el
mismo delito para condenarle…
No se si les parece conocido esto…en el ambito de los
nacidos de nuevo en la iglesia pasa lo mismo, lo único aquí es que cuando vienes
a Jesús se trae una cantidad de delitos graves, que merecen muchas veces la pena
máxima, nada de compasión y cero libertad para el que es juzgado…pero bueno es
saber que en Jesús tenemos abogado defensor, no solo que nos defiende, no gusta
juzgarte por tu pasado o por lo que hayas hecho, no vive buscando la forma de
enrostrarte toda la cantidad de infracciones, faltas, delitos que hemos cometido
sino que borra cada hecho y no lo recuerda cuando tu confiesas ser culpable, te
arrepientes y cambias…
Si está el acusador el diablo que con distintos rostros sean
de personas conocidas, de alguien que conoce tu pasado, de alguien que sabe lo
que hiciste puede hoy decir: “Y este quien es si este yo lo conoci era un gran
borracho, a las mujeres les dirán otro tipo de cadenas de errores, pecados o
faltas”…en fín siempre te dirán que si no recuerdas que eras esto o
aquello…muchos te querrán acer pasar esa misma “doble culpa”, te dirán pero si
tu hiciste esto porque hoy pretendes hablar así…
Mas si te has arrepentido en verdad y de todo corazón, y de
esa conducta no existe ni la sombra, en tu corazón habita Jesús y eres nueva
criatura en el…no existe acusador que pueda decirte que has hecho algo
mal…porque no puede solo Jesús tiene la autoridad para condenar, juzgar y
hablar…así que si eres otro u otra con tu pasado mi querido amigo…nadie se
mete…
Tu pasado quedó sepultado junto a la cruz del calvario donde
Jesús hace más de dos mil años pagó el precio por tu libertad, sufrió todo lo
que tu debías haber sufrido y te dió vida eterna, pero siempre y cuando vienes a
el y eres nueva criatura en Jesús…en el no ya doble culpa, no te recuerda lo
que hiciste, no te pasa diciendo lo que eras…pues a el le basta lo que hoy
eres y lo que serás en el…un hijo que le servirá y vivirá para el, para darle
gloria día con día y para darle a el la preminencia en todo siempre…
Pueden haber personas que por envidia, por gusto o porque
simplemente no les cae bien que hoy ya no tomes cerveza con ellos los fines de
semana, ya no gustes de busca mujeres que no sean las tuyas, y puedo seguir
citando muchas cosas más que antes hacías y hoy ya no haces…te digan pero
quien sos si vos has sido esto o aquello…no importa eso…tu sigue adelante
como hijo de Dios, deja el pasado en el pasado y construye un presente diferente
con Jesús pues en el nuevas criaturas somos, y no hay sombras de dobles culpas
rondandonos pues hemos recibido redención, perdón, vida nueva, nuevo
nombre…hemos sido perdonados, santificados y justificados por Jesús…
Así que recuerda no hay doble culpa en tu vida por cada
uno de los delitos cometidos en tu vida…no escuches esas voces que te dicen lo
contrario e impiden que hagas lo que hoy haces para Dios, sigue sirviendo,
siendo distinto, diferencia, testimonio y luz para los demás, aunque a otros no
les guste, eso no es problema tuyo, dejaselo eso a Dios…
…por
       …Cristina Hidalgo de Marroquín

Views: 0

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *